sábado, 4 de marzo de 2017

Cancelación de matriculas de acuerdo a la nueva disposición de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.



4 de marzo de 2017,

La Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima en cumplimiento a lo establecido en el numeral 2.1.3.7 Capítulo I, Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, se permite informar que:

Para solicitar la cancelación de la matrícula mercantil de un comerciante, éste deberá cancelar los derechos correspondientes a los años no renovados, incluyendo los del año en que se solicite la cancelación,  salvo que realice su pago dentro del plazo otorgado por la ley para renovar, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de marzo. 


Si un comerciante renueva su matrícula mercantil antes del 31 de marzo y luego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que hizo la renovación, solicita la cancelación de esta matricula, puede pedir que le devuelvan lo pagado por esa renovación, siempre que esa solicitud de cancelación se presente antes del 31 de marzo.  Por el contrario, si la solicitud de cancelación se presenta después de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que hizo la renovación o después del 31 de Marzo, no habrá lugar a  devolución alguna.

Mayor información:

Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima
Sede Principal
Cra. 8 # 8-35 B/Centro, El Espinal.

Tel. 248 53 77 Etx. 104 - 105