martes, 21 de febrero de 2017

7 DE ABRIL DE 2017 VENCE PLAZO PARA RENOVAR EL REGISTRO DE PROPONENTES



Se les recuerda a los proponentes que:

ü  Tienen plazo para renovar su registro hasta el próximo VIERNES 7 de Abril de 2017, si no lo efectúan dentro de esta fecha les cesaran  sus efectos a partir del 8 de abril.

ü  Una vez presentada su solicitud, la Cámara cuneta con quince (15) días hábiles para resolver de fondo si procede o no la renovación. En el evento de que la cámara decida que no es viable la renovación por incumplimiento de los requisitos, procederá a la DEVOLUCIÓN y a partir de este momento CESAN los efectos.

ü  Deberán presentar la información financiera, dentro de los parámetros de las normas internacionales de información financiera NIIF.

ü  Dentro del término de diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud de renovación y en el evento de que existan deficiencias e inconsistencias susceptibles de ser  subsanadas, la cámara procederá a requerir al proponente para que en el plazo  de un (1) mes, previsto en el artículo 17 del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, proceda a realizar la correcciones del caso. El requerimiento no implica devolución por lo tanto no cesan los efectos.

ü  A partir de que el proponente subsane las deficiencias, se reanudara el término para resolver la solicitud de renovación.