miércoles, 15 de febrero de 2017

Atención: ¡PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS!


La Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima

Hace saber que:

A partir del año 2017, la actualización o inscripción del Registro Nacional de Turismo estará condicionada a la implementación o certificación de las Normas Técnicas Sectoriales definidas en la resolución 3860 del año 2015. Para el efecto,  el Ministerio de Comercio, industria y Turismo ha  notificado a los diferentes prestadores de servicios turísticos del país de la obligatoriedad de realizar este proceso.

Recuerde que el plazo para realizar la actualización vence el 31 de marzo de 2017.

Ingrese a la página web del Registro Único Empresarial y Social – RUES www.rues.org.co, seleccione  la Cámara de Comercio  del sur y oriente del Tolima y lea detenidamente el ‘Instructivo de Actualización’.

La omisión de la obligación de la actualización anual del Registro Nacional de Turismo le acarreará pagar un valor consistente de un (1) salario mínimo legal mensual vigente ($737.717), la suspensión del mismo y el cierre temporal de su establecimiento de comercio. Durante el tiempo de suspensión del Registro Nacional de Turismo, el prestador de servicios turísticos no podrá ejercer la actividad, hasta tanto demuestre que ha cumplido con la actualización y pagado dicho valor al Fondo Nacional de Turismo, de conformidad con los parágrafos 4, 5 y 6 del artículo 33 de la Ley 1558 de 2012.



¡Evítese inconvenientes y cumpla con la obligación anual de la actualización de su inscripción en el Registro Nacional de Turismo!