La Cámara
de Comercio del Sur y Oriente del Tolima
Hace saber
que:
A partir del año
2017, la actualización o inscripción del Registro Nacional de Turismo estará condicionada a la implementación o
certificación de las Normas Técnicas Sectoriales definidas en la resolución
3860 del año 2015. Para el efecto, el
Ministerio de Comercio, industria y Turismo ha
notificado a los diferentes prestadores de servicios turísticos del país
de la obligatoriedad de realizar este proceso.
Recuerde que el plazo para realizar la actualización
vence el 31 de marzo de 2017.
Ingrese a la página
web del Registro Único Empresarial y Social – RUES www.rues.org.co, seleccione la Cámara de Comercio del sur y oriente del Tolima y lea
detenidamente el ‘Instructivo de Actualización’.
La omisión de la
obligación de la actualización anual del Registro Nacional de Turismo le
acarreará pagar un valor consistente de un (1) salario mínimo legal mensual
vigente ($737.717), la suspensión del mismo y el cierre temporal de su
establecimiento de comercio. Durante el tiempo de suspensión del Registro
Nacional de Turismo, el prestador de servicios turísticos no podrá ejercer la
actividad, hasta tanto demuestre que ha cumplido con la actualización y pagado
dicho valor al Fondo Nacional de Turismo, de conformidad con los parágrafos 4,
5 y 6 del artículo 33 de la Ley 1558 de 2012.