Municipio de
El Espinal - Tolima
PROYECTO DE ACUERDO
“POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE UNA REDUCCIÓN DE LAS
SANCIONES E INTERESES DE MORA POR PAGO TOTAL DE LOS IMPUESTOS, DERECHOS Y
RETENCIONES A TÍTULO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PREDIAL, ARRENDAMIENTOS
Y PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DE LA ACTUAL VIGENCIA Y ANTERIORES, PARA DEUDORES
MOROSOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES SOBRE ESTE IMPUESTO”.
Estos Beneficios tributarios, en
armonía con los definidos en la Ley 1739 de 2014, van hasta el 31 de Octubre de 2015.
Por lo Anteriormente expuesto,
Se
acuerda bajo las siguientes condiciones:
1. Reducción
del 90% de la sanción e intereses de mora si cancelan a más tardar el día 30 de
Noviembre de 2015.
2. Reducción
del 60% de la sanción e intereses de mora si cancelan a más tardar el día 31 de
Diciembre de 2015.
Durante el término de vigencia del
presente Acuerdo, se le dará aplicación a los beneficios enunciado en este ítem
del presente artículo en lo dispuesto a la sanción mínima establecida en el
Artículo 478 de Acuerdo 025 de 2008 y el artículo 639 del Estatuto tributario
Nacional, en armonía al Art. 59 de la Ley 788 de 2002.
Nota: A partir del 1° de Enero de 2016, se aplicaran las sanciones
y los intereses moratorios sin ningún beneficio para el contribuyente, e
iniciar el cobro por vía coactiva.
Fuente: Despacho
Alcaldía Municipal de El Espinal.