viernes, 27 de marzo de 2015

Comunicado importante para los empresarios: Conozca la Resolución de la Comisión de Regulación CREG



Señor empresario.

La Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima, le hace conocer  que  en virtud a la Resolución de la Comisión de Regulación  CREG No. 108 de 1997, para efectos del servicio de energía eléctrica, podrán considerarse como residenciales por parte de las empresas prestadoras de este servicio  a los pequeños establecimientos comerciales o industriales conexos a los apartamentos o casas de habitación, siempre y cuando reúnan las siguientes dos (2) condiciones:   1. Carga instalada igual o inferior a 3 Kw y  2. Más de un 50% de su extensión destinada a fines residenciales.

En virtud de lo anterior,   y si usted reúne estas dos condiciones podrá acérquese ante la empresa prestadora de este servicio y solicitarle  el cambio de modalidad de servicio (de comercial a residencia).

                                                            Gracias por su atención