A partir del
martes 9 de agosto de 2016 y hasta el 19 de octubre se debe reportar a la
Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el balance detallado de
ingresos y gastos correspondientes al 2015. (DECLARACIÓN DE RENTA).
QUIENES ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR Y PRESENTAR RENTA EN COLOMBIA.:
Si se
cumple con al menos una de las siguientes condiciones, tendrá que hacerlo:
-Si en el 2015 sus ingresos
brutos fueron iguales o superiores a $39.591.000 pesos.
-Si su patrimonio superó los
$127.256.000 pesos
-Si realizo depósitos bancarios
o inversiones por $127.256.000 pesos
-Si hizo compras o consumos en
efectivo, tarjeta de crédito, prestamos o cualquier otro medio de pago por más
de $79.181.000 pesos.
-Si es responsable del IVA en el
régimen Común.
CUANDO BEBO PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE RENTA:
La DIAN fijo el calendario con
las fechas límites para presentar la declaración de renta, de acuerdo con los
dos (02) últimos dígitos de las cédulas de las personas.
QUE PASA SI NO PAGO DENTRO DE LA FECHA LÍMITE PREVISTA:
La
sanción de extemporaneidad , que en cualquier caso no puede ser inferior al
mínimo $298.000 pesos.
Si además en la
declaración de renta se generó un impuesto a cargo del declarante,
adicional a la multa tendrá que pagar los intereses de mora sobre el valor que
deba pagar impuestos.