miércoles, 23 de diciembre de 2015

Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (Runeol). Sin costo alguno hasta el 31 de diciembre de 2015.


Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (Runeol).

Desde el 10 de septiembre de 2015, la Cámara de Comercio del sur y oriente del Tolima comenzó a administrar este registro a través de un servicio totalmente virtual.

El Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza - Runeol tiene como objeto dar publicidad a las entidades operadoras de libranza o descuento directo que cumplan con los requisitos para la inscripción establecidos en la ley, y a las cuales se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional.

Beneficios para los empresarios:
Con este registro, su empresa podrá conocer si la entidad con la que pretende adquirir productos y servicios financieros o bienes y servicios, se encuentra inscrita como entidad operadora de libranza o descuento directo que ha obtenido el código único de reconocimiento. 

Quiénes lo solicitan:
Las cajas de compensación familiar y las personas jurídicas o patrimonios autónomos descritos en el artículo 2 literal c) de la Ley 1527 de 2012 .
Paso a paso para registrarse y para renovar
Normatividad
Ley 1527 de 2012 Por medio de la cual se establece el marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones. 
Decreto 1840 de 2015 Por medio del cual se reglamenta el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza.
Ley 1753 del 9 de junio de 2015 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.
Resolución 3440 de 2015 Por medio de la cual se fijan los montos de la contraprestación que debe sufragarse por concepto del Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza.
Resolución 65145 del 2015 Por medio de la cual la Superintendencia de Industria y Comercio aprueba el formulario del RUNEOL.  

Requisitos:

Los documentos soporte que debe acompañar a su solicitud de anotación electrónica en el RUNEOL son los siguientes:
  • Comprobante de pago
  • Certificado con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario en el cual conste la vigencia del contrato con bancos de datos de información financiera, crediticia y de servicios (se refiere al contrato con centrales de riesgos como Datacrédito, Cifin, Procrédito, etc), donde se acredite la obligación de reportar la información a dichas entidades.
  • Certificado de existencia y representación legal o documento equivalente, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario, expedido por la entidad que reconoce su personería jurídica, para las entidades operadoras de libranza que por su naturaleza jurídica o su régimen especial no se inscriben en el Registro Mercantil o en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro de las Cámaras de Comercio.
  • Certificado de existencia y representación legal de la Superintendencia Financiera con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario, para aquellas entidades que se encuentren sometidas a vigilancia de esta Superintendencia.
Además en el caso de los patrimonios autónomos:
  • Certificación de existencia del patrimonio autónomo expedido por el administrador fiduciario, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario, en el cual se señale que el objeto del contrato permite la realización de operaciones de libranza o descuento directo. Adicionalmente se deberá identificar el contrato de fiducia mercantil, número de contrato, nombre del patrimonio autónomo y el NIT.
  • Certificado de existencia y representación legal de la Superintendencia Financiera de la sociedad fiduciaria, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario.
Tarifas:

  • Para nuevos registros y su renovación: $34.000 (5.24 % del salario mínimo mensual vigente).
  • Para mutaciones (actualización y cancelación): $9.000 (1.40% del salario mínimo mensual vigente).
  • Los operadores de libranza o descuento directo obligados a renovar su inscripción, podrán hacerlo sin costo alguno hasta el 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con la información que transfiera el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a las Cámaras de Comercio.