- La renovación de la Matrícula
Mercantil y los demás registros se puede hacer por internet,
ingresando al sitio web de su Cámara de Comercio.
- El último día hábil para
renovar la matrícula mercantil, el 31 de marzo, coincide con la
celebración de Semana Santa, razón por la cual invitamos a los empresarios
a anticiparse en el cumplimiento de este deber legal.
- Quienes cumplan 5 años sin
renovar su Matrícula serán depurados del Registro Mercantil.
Bogotá,
marzo 12 de 2018. El próximo 31 de marzo vence el plazo para que
los empresarios de todo el país renueven su Matrícula Mercantil y de esta
manera puedan mantener todos los beneficios que les otorga la formalidad
empresarial.
Cabe
advertir a todos los empresarios que este año los últimos días hábiles para
renovar la matrícula mercantil coinciden con la celebración de Semana Santa,
por lo cual se recomienda a los empresarios anticiparse a renovar y evitar
interrumpir sus días de descanso.
La
renovación del registro mercantil proporciona seguridad y seriedad a los
empresarios, y los acredita ante los clientes y proveedores como empresarios
legalmente constituidos, cumplidores de sus deberes legales y con una
trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los
negocios.
Según
Julián Domínguez Rivera, Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras de
Comercio - Confecámaras, “con la renovación los empresarios ratifican su estado
formal y con él expresan su confianza en el potencial de crecimiento de sus
empresas. Esto se ha demostrado en un incremento sostenido de empresarios que
han cumplido con su responsabilidad dentro del tiempo estipulado por ley; en lo
corrido del año el número es superior en un 11,6% con respecto a 2017”.
Quienes
no lo han hecho hasta el momento, pueden realizar el proceso en su totalidad
por internet de forma rápida, fácil y segura, desde el diligenciamiento del
formulario al pago correspondiente, ingresando al sitio web de su Cámara de
Comercio o acercándose a cualquiera de sus sedes.
Asimismo,
las Cámaras han dispuesto de otros servicios para la comodidad de los
empresarios, como las asesorías a domicilio, visitas a municipios con el
programa Cámaras Móvil y la realización de brigadas para la renovación.
Beneficios de ser formal y renovar a tiempo
Las
empresas que cumplan con su deber podrán participar en licitaciones, acceder a
los cursos y servicios de fortalecimiento y promoción que brindan las 57
Cámaras de Comercio y otras entidades públicas y privadas, como ruedas de
negocios, talleres y cursos de formación, programas de aceleramiento y misiones
comerciales, permitiéndoles expandir su red de clientes y proveedores, llegar a
nuevos mercados y desarrollar productos y servicios innovadores.
De
igual forma, al refrendar su estado formal, los empresarios pueden acceder al
sistema bancario para adquirir créditos a tasas competitivas y tener la
confianza de poder resolver sus conflictos o dirimir los pleitos comerciales
ante la
justicia o a través de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos en
los Centros de Conciliación de las Cámaras de Comercio.
El
presidente de Confecámaras afirmó que el país también se beneficia, ya que cuenta
con un sector privado fortalecido que estimula la competencia leal y cierra
brechas a la ilegalidad. Asimismo, “la información actualizada provista es
un insumo indispensable para el diseño de políticas públicas y la elaboración
de estudios, promueve la transparencia de la actividad empresarial y apoya la
toma de decisiones de negocios e inversión”, aseguró Julián Domínguez.
Cancelación
de las matrículas y sanciones:
La
ley ha establecido que compete a la Superintendencia de Industria y Comercio
imponer sanciones cuando tal obligación no se cumpla, según lo dispone el
numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.
Es
importante también tener en cuenta que el artículo 31 la ley 1727 de 2014
ordena a las Cámaras de Comercio depurar del Registro Mercantil a las empresas
que en el lapso de los últimos cinco (5) años no haya cumplido con la
obligación de renovar su matrícula mercantil.
Otros
registros que deben ser renovados:
El
31 de marzo también vence el plazo para renovar en las Cámaras de Comercio el
registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESALES), Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL)
y Registro Nacional de Turismo (RNT).
Por
su parte, le Registro Nacional de Proponentes (RUP) es el único que
tiene plazo de renovación hasta el 6 de abril.