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Conoce acerca de los beneficios que tenemos para ti con nuestro nuevo Convenio
Interinstitucional de Tasa Compensada, “entre la Cámara de Comercio del Sur y
Oriente del Tolima y #BancoAgrario, te brindamos una solución financiera💲”.
Accede a créditos en la Banca Formal, adquiere vida crediticia y olvídate de
los prestamistas paga diario.
No esperes para aplicar “recursos limitados 🤏”.
📌5
Razones para aplicar a la línea de crédito:
💰
Se compensa: 4 puntos en la tasa de interés
💰
Plazo máximo: 36 meses
💰
Monto: De 2 millones hasta 10 millones
💰
Destino: Capital de trabajo
💰
Período de gracia: 4 meses
📌Para
quiénes aplica:
Microempresarios formales, persona natural, con
registro mercantil vigente al año 2021 en la jurisdicción de la Cámara de Comercio
de Sur y Oriente del Tolima, con mínimo un año de antigüedad en la actividad
económica, cuyos activos no superen los 500 SMMLV, con actividades vitales de
comercio, producción o servicio, que serán atendidas bajo condiciones de la
Banca de Microfinanzas,
en los diferentes municipios mientras en ellos
se cuente con la presencia de por lo menos un Asesor Comercial de Microfinanzas
de El Banco Agrario de Colombia, facilitando el acceso al Portafolio de
Productos y Servicios de El Banco, siempre y cuando cumplan las condiciones y
requisitos.
✍️ Para aplicar debes ingresar la
información requerida en el siguiente formulario:
https://bit.ly/3p5RWyl
📣
En el formulario debe dar clic en la opción de “Aceptar” en señal de conocer,
entender y aceptar el contenido de los documentos relacionados a continuación y
los cuales hacen parte integral del formulario:
👉"Aceptación de Términos y condiciones de uso (Cámara de Comercio)"
👉"Aceptación de Términos y condiciones especiales a la operación de crédito
(Banco Agrario)"
👉"Aceptación de Autorización de consultas y reporte a centrales de
información y autorización de manejo de datos personales (Banco Agrario)"
📌Municipios
en que aplica el convenio #Jurisdicción:
👉
22 municipios del Tolima (Ataco, Alpujarra, Carmen de Apicalá, Chaparral,
Coello, Coyaima, Cunday, Dolores, Flandes, Guamo, Icononzo, Melgar,
Planadas, Ortega, Natagaima, Prado, Purificación, Rioblanco, Saldaña, San Luis,
Suarez y Villarrica)
📌Microempresarios
formales sin estados financieros:
👉Certificado
de cámara de comercio renovada a 2021 no mayor a 90 días
👉Personas
naturales
👉Edad
entre 18 y 70 años
👉Tipo
de cliente: Nuevo o cliente existente
👉Experiencia
mínima en la actividad de 1 año.
👉Destino:
Capital de trabajo
👉Plazo:
Hasta 3 años (36 meses)
👉Periodo
de gracia: hasta 4 meses (opcional)
👉Monto
máximo: desde $2 hasta $10 millones
📌
¿Qué debe pagar el cliente?
👉
Durante el periodo de gracia, el interés, los otros conceptos que registra en
la tabla de amortización (Mipymes, Iva, seguros, entre otros)
📌
¿Por qué se pierde el beneficio?
👉
Cuando el crédito sea sometido a algún proceso de normalización y/ o
reestructuración o se extienda el plazo original del crédito.
👉
Cuando el deudor realice el prepago total de su obligación, siempre y cuando no
sea la última cuota.
👉
Cuando el cliente incurra en mora superior a treinta y un días (31) por el no
pago de intereses, capital o de otros conceptos.
📌
¿Qué debe hacer?
👉
Manejar adecuadamente el desembolso, retirar según las necesidades reales de
inversión.
👉
Importante mantener en la cuenta el valor de la cuota, en lo posible consignar
parte de las ventas de manera semanal.
👉
Realizar los pagos que debe realizar durante el periodo de gracia: Interés y
otros conceptos
⚠️📣
Ten presente que, si eres un empresario juicioso en el cumplimiento de tus
obligaciones, permitirás a los demás empresarios también acceder a los
beneficios del convenio.
📌
Para mayor información 📲:
Área Desarrollo Empresarial
Centro de Eventos
(Cra. 3 Cll 21 B/Belén, El Espinal - Tolima)
Cel & WhatsApp: 321 426 29 87